La doctrina masónica había sido condenada por el Papa Benedicto XIV, en su Constitución Apostólica Providas, en el año 1751, y este texto papal fue el fundamento de la Pragmática de fecha 2 de julio de aquel mismo año, que fue promulgada por  Fernando VI de Borbón, cuyo texto quedaba redactado en los siguientes términos

 

Real Decreto

 

Hallándome informado de que la invención de los que se llaman francmasones es sospechosa a la Religión y al Estado, y que como tal está prohibida por la Santa Sede debajo excomunión y también por las leyes de estos Reinos, que impiden las congregaciones de muchedumbres no constando sus fines e instituto a su soberanía: he resuelto atajar tan grave inconveniente con toda mi autoridad, y en su consecuencia,

Prohíbo,

            En todos mis reinos las congregaciones de los francmasones debajo de la pena de mi real indignación y de las demás que tuviere por conveniente imponer a los que incurrieren en esta culpa; y mando al Consejo que haga publicar esta prohibición por Edicto en estos mis reinos, encargando en su observancia al celo de los intendentes, corregidores y justicias aseguren a los contraventores, dándose cuenta de los que fueren por remedio del mismo Consejo para que sufran las penas que merezcan: en inteligencia de que he prevenido a los capitanes generales, a los gobernadores de plaza, jefes militares, intendentes del Ejército y Armada naval hagan notoria y celen la citada prohibición, imponiendo a cualquier oficial o individuo de su jurisdicción mezclado o que se mezclase en esta congregación la pena de privarle y arrojarle de su empleo con ignominia. Tendráse entendido mi Consejo y dispondrá su cumplimiento en la parte que le toca. En Aranjuez a 2 de julio de 1751".