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El Supremo confirma la legalización de la masonería
Tribunal
Supremo ha confirmado la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
de la Audiencia Nacional por la que se declaraba el derecho de la asociación
masónica Grande Oriente Español a ser inscrito en
el Registro Nacional de Asociaciones y, en consecuencia, a su legalización.
El 22 de febrero pasado, la Dirección General de Política Interior denegó
la inscripción del Grande Oriente Español Unido y el 10 de mayo la Audiencia
Nacional dictó sentencia en la que fallaba que no era ajustada a derecho
la denegación de la Dirección General. Esta misma postura ha sido plenamente
ratificada por el Tribunal Supremo en sentencia de 3 de julio, notificada
hace pocos días. La sentencia del Supremo, en su considerando fundamental, establece que «está plenamente probado que la asociación recurrente es promovida por personas determinadas y con capacidad de obrar, que han aportado a la Administración el documento fundacional en que constan su voluntad de constituir la asociación y unos estatutos que», añade la sentencia del Alto Tribunal, «cumpliendo todos los requisitos previstos en el artículo 3 de la ley de 24 de diciembre de 1964, determinan, sin lugar a duda, unos medios, actividades y fines no tipificables como delito y una organización y funcionamiento alejados de todo carácter paramilitar».
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